martes, 2 de agosto de 2011

Ley requiere de interpretaciones y reglamentos

 Gabriela Godínez García

El Instituto Federal Electoral (IFE) como órgano autónomo de legalidad su función es aplicar la ley en el proceso electoral, sin embargo la ley requiere de interpretaciones y de reglamentación que no la emite la Cámara de Diputados ni el Congreso de la Unión y por lo tanto el Consejo General tiene esa facultad, indicó el vocal Ejecutivo de la Junta Local Matías Chiquito Díaz de León.
Agregó que el artículo 118 del código que el Consejo General del IFE emitirá los acuerdos que considere necesarios para el cumplimiento de sus funciones, siendo necesarios los reglamentos para generar certeza de un acto y del proceso electoral que sean reglas claras y trasparentes.
“No hay ningún acto discrecional en el IFE, todas las decisiones se toman colegiadas, es decir no son tomadas por una persona se toman en los Consejos con apego a la norma y se genere certeza en el proceso electoral”, indicó.
El funcionario electoral añadió que la ley no es suficiente para expresar de manera clara y precisa cómo es que el IFE debe administrar los tiempos oficiales, por lo que este tipo de cuestiones se regulan con el reglamento de radio y televisión que fue emitido en el 2008 para iniciar la administración de los tiempos.
Con la experiencia de los procesos electorales de cómo mejorar la administración de los tiempos y la carga sea más ligera para los medios de comunicación, por lo que se incluyeron nuevas normas que fueron incluidas el pasado miércoles 29 de junio en donde se determinan los plazos en que los partidos políticos deberán entregar sus promocionales al IFE.
Además se incorporó la regla de que si una emisora omite promocionales tiene la oportunidad de notificar al organismo electoral de dicha omisión por una causa justificada y por lo tanto tendrá que reponerlos en el mismo día y hora en que sucedió la misma; de lo contrario se requerirá.
Los problemas de fondo, indicó, han sido los mismos que se han padecido desde que la reforma se publicó en el 2007, habiendo algunos medios de cobertura nacional (Televisa y Azteca), que se han resistido al cumplimiento de la ley, que sienten que son dueños de lo que la concesión les ha conferido.
El motivo de impugnación han sido los tiempos que las emisoras tienen para subir los promocionales, antes de la regulación del reglamento se había establecido que las emisoras de radio y televisión tenían cinco días para subir un promocional una vez notificados y actualmente se redujeron los tiempos, sin embargo la notificación será vía electrónica o satelital.

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