martes, 2 de agosto de 2011

Auditoria y Contraloria del Estado resolverán si gobernador del estado incurrió en faltas al trasmitir spots en estados en proceso electoral

La Auditoria Superior del Estado del Estado de Jalisco y la Contraloría del Estado serán los encargados de dictaminar si el gobernador del estado Emilio González Márquez incurrió en una falta al trasmitirse los spots de su informe de actividades en los Estados de Guerrero y Baja California Sur durante el periodo de elecciones, una vez que el Consejo General del IFE, decretó que estos organismos debían resolver.
El vocal Ejecutivo del instituto Federal Electoral en Jalisco Matías Chiquito Díaz de León, explicó a Ocho Columnas que la publicidad de gobierno, deberá trasmitirse en el ámbito donde ejerce la autoridad, por lo que dijo el IFE es competente en lo que tiene que ver con las faltas de publicidad gubernamental en campaña, pidiendo el retiro de esta propaganda e iniciar procedimiento para ver si hay responsabilidad sancionable.
Señaló que se presentaron dos quejas más que fueron acumuladas en un mismo expediente, y por encontrarnos en vísperas del proceso electoral federal, la determinación del Consejo General fue que había competencia para conocer las faltas por publicidad gubernamental y determino integrar el expediente para que sea remitido al orden superior jerárquico del funcionario que cometió el agravio.
Hace unas semanas el IFE había determinado que el gobernador respondió que se dieron instrucciones para retirar los spots en dichos Estados y que por lo tanto la responsabilidad de su trasmisión recaía en la televisora, por lo que en este caso el Consejo General del IFE el jueves por la noche determino amonestar públicamente a las empresas Televisión Azteca, concesionaria de las emisoras XHIR-TV, XHIE-TV y XHCER-TV en el estado de Guerrero y XHAPB-TV en el estado de Baja California Sur, y Televimex, concesionaria de la emisora XHLPT-TV Canal 2 en el estado de Baja California Sur, por difundir propaganda electoral en las entidades mencionada durante el periodo de campaña.
En esas fechas en ambos estados había proceso electoral, por lo que la detección de publicidad hizo que el organismo abriera un expediente, en donde se requirió el retiro de los promocionales, debido a que la ley establece que los informes de labores de cualquier autoridad puede aparecer nombre, imagen y símbolos del funcionario, con la limitación de que se deben limitar a trasmitirse una vez al año y deben trasmitirse siete días antes del informe y cinco días después.

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